sábado, 11 de febrero de 2017

Transparencia y rendición de cuentas.


Un sistema estatal anticorrupción para Zacatecas*.
Por: Carlos Eduardo Torres Muñoz.

La reciente reforma en materia de corrupción aprobada en el país, es sin duda, el mejor engranaje institucional que nos hemos dado en la historia para combatir al este mal que hemos identificado acertadamente como causa común de muchos de nuestros problemas públicos.

La reforma, en términos muy básicos, consiste en el fortalecimiento de las atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación, como ente fiscalizador del gasto en el país; la transformación del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que podrá fincar sanciones a los servidores públicos de la federación, por responsabilidades administrativas “graves”; la ratificación del Secretario de la Función Pública (o su equivalente) por el Senado de la República; amplía el plazo de prescripción a 7 años por faltas administrativas graves; la articulación y coordinación de los órganos internos de control con la Auditoría Superior, según corresponda el nivel y la creación, entre todos estas instituciones, de un Sistema, coordinado a su vez por Comité Coordinador, integrado por los titulares de la Auditoría Superior de la Federación; la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, la Secretaría de la Función Pública,  el Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Presidente del INAI (o su equivalente posterior), un representante de la Judicatura Federal y otro de un Comité de Participación Ciudadana.

A los Estados corresponderá la adecuación de su legislación, la creación de sus propios entes equivalentes y la adopción de sus propias instituciones para articular un Sistema local. La propuesta es interesante, y con algunos ajustes, pudiera ser operativa, si nos adelantamos, con conocimiento de causa, a los vicios que la pluralidad democrática local ha adoptado.

Hay que decir que la Auditoría Superior de la Federación, con esta nueva lógica anticorrupción, se coordinará con sus similares estatales para la fiscalización en Estados y municipios de las participaciones federales, así como los empréstitos que cuente con la garantía de la Federación. Aunque aún falta una Ley General que habrá de distribuir competencias a nivel federal y local para establecer las responsabilidades administrativas, nos atrevemos a hacer algunas anotaciones al margen de estos procesos que, desde nuestro punto de vista, fortalecerían la credibilidad, la fortaleza, institucionalidad y participación social, en un Sistema Estatal Anticorrupción.

1.       La reforma a la Ley Orgánica del Municipio para que la Contraloría Municipal, dejé de ser una posición política, que actualmente le corresponde a la segunda fuerza política representada en el Cabildo. Lo anterior porque ha sido un modelo ineficiente en términos generales, pues al ser un cargo que depende en gran medida de la aprobación del Presidente Municipal y los regidores afines a éste, el aspirante propuesto por la fuerza política de oposición, atiende a acuerdos políticos que le permitan su nombramiento, lo que vicia el fin del procedimiento y su objetividad inmediata. La propuesta es que, en un afán de desprender dicho órgano del control de los partidos, el titular de la Contraloría Municipal sea designado por una Convocatoria Abierta a la ciudadanía, a través de un examen de oposición, en un proceso lo más transparente posible, en la que por Ley, la Sesión de Cabildo en que se designe, sea pública.
2.       La reforma a las Leyes Orgánicas correspondientes, para que los titulares de los órganos de Control de las Dependencias del Ejecutivo, así como las del Legislativo y Judicial, se hagan también a través de una Convocatoria por examen de oposición, cuyo procedimiento esté vigilado, sea transparente y público, evitando favoritismos y permitiendo que personas ajenas a los compromisos políticos o de grupo, y con la mejor capacidad técnica se hagan de dichas posiciones.
3.       La elección, como en el ámbito federal, de los titulares de éstos órganos de control de los organismos públicos autónomos, por dos terceras partes de los miembros de la Legislatura presentes, pero cuyas propuestas surjan igual de una convocatoria con las mismas características de las anteriores, en las que los tres finalistas sean sometidos a la votación de los Legisladores para su elección.
4.       Reformar la Constitución Política del Estado, para que el proceso de la designación del titular de la Auditoría Superior del Estado, se realice a través de Convocatoria Pública, en la que se fijen los requisitos mínimos indispensables para asegurar imparcialidad, capacidad técnica y probidad; así mismo, que se fije el principio de máxima transparencia y publicidad para su nombramiento.
5.       De la integración de todos estos titulares de órganos internos de control, exceptuando al de la Auditoría Superior del Estado, así como de organizaciones civiles pro-transparencia e instituciones académicas, deberá surgir el Comité de Participación Ciudadana, del cual un representante, deberá integrarse al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción.

Que estas notas sirvan para el debate, y sobre todo, que nos ayuden a ubicar nuestra realidad próxima, evitando la pretensión de la “invención el hilo negro” para experimentar modelos que podrían llevarnos a distraernos de lo importante, por atender con urgencia las encuestas.

@CarlosETorres_

*Publicado en La Jornada Zacatecas.

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